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"La primera república", de Florencia Peyrou

Ed. Akal. 2023
martes 05 de noviembre de 2024, 17:16h
La Primera República
La Primera República
El subtítulo (‘Auge y destrucción de una experiencia democrática’) es más que esclarecedor con respecto a la intención de la historiadora, profesora de Historia Contemporánea en la Universidad Complutense de Madrid. Es cierto que lo que retomó el poder en las Españas, serían los Borbones, concretamente Alfonso XII, y esta dinastía que sobrevive, inexplicablemente a todos los vaivenes de la evolución histórica española, no es de lo mejor.

Según algunos autores de teoría política, el siglo XIX es denominado como la centuria rebelde. Este calificativo se refiere a un proceso incompleto, y que tuvo reversiones por parte de todos los enemigos que le rodearon, desde un lado al otro del espectro político, aunque se pretendió que existiera un aumento de la participación de todos los ciudadanos en las decisiones políticos, el sufragio de las mujeres, y toda una serie de mecanismos de tipo político, que fueron garantizando la toma de decisiones por parte de esos ciudadanos en la res publica y, sobre todo, que a partir de ese momento histórico los gobernantes se vieron obligados a responder de sus decisiones ante los gobernados.

«El 11 de febrero de 1873 se proclamó en España la Primera República. Menos de dos años después, el 29 de diciembre de 1874, un golpe de Estado restauraba la monarquía borbónica. ¿Qué ocurrió entre ambas fechas? El presente libro analiza de forma magistral este periodo, habitualmente identificado con el caos y el fracaso. Se defiende aquí que fue un momento de apertura que permitió la eclosión de debates y proyectos, la práctica efectiva de libertades y derechos largamente exigidos, la experiencia en el poder -así como en el espacio público- de sectores previamente excluidos, la realización (o programación) de toda una serie de reformas políticas y socioeconómicas de calado, y una muy intensa movilización y politización popular, tanto en ámbito urbano como rural. Todo ello en el marco de una situación conflictiva plagada de frentes de lucha; en un momento en el que los partidos políticos no gozaban de estructuras desarrolladas de organización estratégica y doctrinal, y el régimen representativo y parlamentario no estaba totalmente consolidado. Fue una experiencia democratizadora que muestra una notable implantación del republicanismo en España y cuyo final no derivó tanto de la incapacidad de los líderes republicanos y de la vaguedad de sus programas y discursos como del antipluralismo que dominaba las culturas políticas de la época y, sobre todo, de la organización de una trama conspirativa capaz de movilizar amplios recursos con el fin de acabar con ella».

En determinados momentos, de la evolución histórica, se produjeron reformas parciales, pero todo ello de manera asincrónica, verbigracia desde la extensión del sufragio universal directo, hasta la aprobación del voto secreto, o el fortalecimiento obvio y necesario de las competencias de los parlamentos. Pero, en muchas ocasiones fue un sofisma, ya que tenía una falsa argumentación, pero con una apariencia de verdadera democracia. Las clases oligárquicas utilizaban una argumentación prosopopéyica, ya que convivían con leyes, prácticas e instituciones antidemocráticas, verbigracia senados aristocráticos no plenamente elegidos por los ciudadanos, sin olvidar la existencia de prácticas clientelares. Se produjeron un número importante de conflictos, tales como religiosos, étnicos, ideológicos, además de económicos o de clase. La venalidad era, en cierto grado, habitual, ya que algunos políticos se dejaban sobornar. Existe un texto que refiere, mayo de 1840, lo que era el republicanismo, y que además se encuentra en el periódico LA REVOLUCIÓN de nacencia en ese momento histórico.

… la ampliación y el desarrollo del principio popular sofocado casi por los otros poderes, la conservación de nuestras antiguas instituciones municipales, la libertad de imprenta más amplia que en el día existe, el juicio por jurados en estas y en otras materias, el establecimiento de códigos apropiados a nuestras actuales necesidades, la elección directa, la extensión de los derechos políticos, la instrucción y moralización del pueblo, el voto universal, la absoluta abolición del diezmo y primicias, cuya existencia se quiere prolongar de año en año […], el repartimiento al pueblo de los bienes del clero y de los demás nacionales, que no se hallen vendidos legalmente, como también de los baldíos, propios y comunes, la manutención y dotación decentes del clero pagadas exactamente por una contribución especial, las mejoras materiales, la responsabilidad no solo ministerial, sino también la de los jueces y magistrados y de todas las autoridades […], y sobre todo la severa economía, la reducción de empleados, sueldos y pensiones y la rebaja inmediata y necesaria del presupuesto para el presente año”.

Los primeros republicanos del año 1840, eran activistas que previamente habían pertenecido al denominado como liberalismo avanzado; eran aquellos que defendían el legado de la Constitución de 1812, ‘LA PEPA’. La legislación de 1812 reforzaba la extensión del derecho al voto, y la limitación de las atribuciones de la monarquía. El monarca, para los liberales, era concebido como el jefe superior de la nación, sometido a la voluntad inherente a ella, estamos en un momento histórico en que el pueblo estaba bastante descontento con sus monarcas, que eran dos desastres tales como Carlos IV y Fernando VII de Borbón, en plena guerra contra Napoleón I Bonaparte; donde los soberanos habrían tenido un comportamiento tan atrabiliario y extraño, que la desconfianza de los españoles era muy grande.

La Constitución, además, consagró el sufragio indirecto casi ‘universal’ (con la exclusión de mujeres, sirvientes domésticos, mendigos y vagabundos debido a criterios de utilidad, autonomía personal y capacidad). Esto generó un sistema político altamente participativo e integrador que era posible porque, como en la Francia revolucionaria, el sufragio en varios niveles conciliaba una generalizada pertenencia a la nación y legitimación del poder político con un más restringido ejercicio de deliberación individual y soberanía; la ‘universalidad’ de la implicación política con un limitado poder final de decisión”.

La Ley Suprema de 1812 consagraba la igualdad de todos los españoles ante la ley, por lo tanto, se puede considerar que fue una auténtica revolución frente al sistema de estamentos, nobleza, clero y burguesía, del Antiguo Régimen. En todo este tiempo, los liberales más moderados comenzaron a identificar la libertad con la seguridad de la persona y de los bienes, y para ello era preciso reforzar el poder público, todo ello unido a un modelo de monarquía constitucional de base social muy restringida. Muchos de los liberales más radicales o avanzados no estaban a favor de este modus operandi. Asimismo, existían en Europa concomitancias, y no se debe olvidar que había ciudadanos que defendían la nueva ideología comunista. ¡Obra de interés! «Pars melior humani generis, totius orbi flos».

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