A las 4:35 am del día 20 de mayo del 2001 se incoa el dispositivo de captura del sujeto ZZ78400076XZ. El objetivo se alcanza sin incidentes reseñables y es trasladado al departamento de sospechosos. Resultado del interrogatorio: se ordena el traslado del expediente al departamento científico al incurrir el sujeto ZZ78400076XZ en contradicciones y no apreciarse voluntad de cooperación por su parte. Resultados del informe del departamento científico: sangre: positivo; saliva: positivo; humor vítreo: positivo; orina: positivo; flujo vaginal: positivo. Constantes vitales: normales. Se ordena la realización de pruebas con animales de laboratorio. Resultado: virus extremadamente contagioso con posibles efectos mortales. Si bien no constan bajas en ninguna de las especies objeto de la investigación, el comportamiento altamente errático y el frenesí volátil observados aconsejan la inmediata neutralización del virus y de su portadora. Conclusiones: se ordena la neutralización del sujeto ZZ78400076XZ. A las 5:56 am del 22 de julio de 2001 se procede a la ejecución del sujeto mediante inyección letal. Se traslada a los familiares informe detallado sobre el accidente del sujeto y la causa última de su fallecimiento. Se trasladan copias del expediente ZZ78400076XZ con las conclusiones al Ministerio del Interior; al departamento de asuntos clasificados de la OTAN; a los servicios de inteligencia de los países miembros de la UE; al Banco Mundial; a la Organización Mundial del Comercio y al Fondo Monetario Internacional, de manera que las mencionadas organizaciones económico-financieras emitan las cláusulas de confianza a los inversores que permitan la estabilización de los mercados y el restablecimiento de los canales habituales de extracción, distribución y consumo de combustibles fósiles.